CONDENADA UNA ENFERMERA POR ACCEDER A LA HISTORIA CLÍNICA DE UNA COMPAÑERA DE TRABAJO

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Como sabemos, los datos de salud son datos sensibles, por ello especialmente protegidos, por ello, el acceso a datos de salud sin autorización puede causar un gran perjuicio, por la posible trascendencia de esos datos.

Durante el procedimiento del que os hablamos quedó probado que los accesos se produjeron:

  •  sin consentimiento
  • sin informar
  • sin que hubiera alguna causa que pudiera justificar el acceso.

La enfermera accedió a través del programa informático usado para la prevención de la salud hasta en 18 ocasiones a las historias clínicas de su compañera también enfermera.

Todos los accesos se produjeron en horario de jornada laboral, accediendo con usuario y contraseña de la afecta, cuando la concesión de un usuario y una clave de acceso es personal e intransferible.

La Audiencia Provincial de León condenó a la enfermera por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con dos años y nueve meses de prisión, multa con una cuota diaria de seis euros durante dieciocho meses y seis años de inhabilitación absoluta, y una indemnización a la víctima con cuatro mil euros por daño moral.

Ahora el TSJ lo ha confirmado.