LAS IMÁGENES DE LOS MENORES EN LAS RRSS

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Por encima de los 14 años los menores pueden registrarse en redes sociales y dar su consentimiento para aparecer en fotografías

La publicación de imágenes de menores, muchas veces provoca conflictos familiares.

Y en ocasiones, los conflictos familiares llegan a la AEPD, que finalmente tiene que instar la retirada de imágenes por falta de consentimiento.

Recordemos:

  • por encima de los 14 años los menores pueden registrarse en redes sociales y dar su consentimiento para aparecer en fotografías
  • por debajo de esa edad, la publicación de sus imágenes en redes sociales debe contar con el permiso de los dos titulares de la patria potestad

Recientemente, la AEPD ha ordenado a un abuelo a retirar las fotos de su nieto de las RRSS.

La madre del menor solicitó la retirada de las fotos, ya que el padre del niño que había consentido, había fallecido, pasando a ser ella la única persona con la tutela del menor.

La madre, argumentó que al no tener “un consentimiento expreso de los titulares de la patria potestad” estaba en su derecho exigir la retirada de las imágenes, en lo que la AEPD ha estado de acuerdo.

Ahora el abuelo tiene que retirar las fotos, o bien cuenta con un mes para interponer un recurso contra esta decisión ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

La resolución no lleva aparejada ninguna sanción económica.

Fuente: El Diario.es