Multa de 4.000 € a una abogada por enviar una sentencia por WhatsApp

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La abogada, hoy sancionada, procedió a enviar a través de WhatsApp una sentencia donde figuraban datos personales de la reclamante, con el ánimo de darse publicidad profesional.

La documentación enviada en formato PDF, era una sentencia original que obraba en poder de la reclamada en el ejercicio de su labor profesional.

La parte reclamante indica que la jurista envió documentación a terceros a través de WhatsApp, donde figuraban datos personales de la primera, sin su autorización y sin llevar a cabo previamente un proceso de anonimización.

Según la AEPD, se han tratado datos personales de la reclamante “sin su consentimiento”, por lo que ha decidido imponer a la abogada la sanción de 4.000 euros a razón de la comisión de dos infracciones, una del art. 6 del RGPD y otra del art. 83.5 del mismo texto legal.

La resolución expone que la jurista ha tratado datos personales de la reclamante “sin su consentimiento” y sin “ninguna otra causa de legitimación de ese tratamiento”, contraviniendo con ello el mencionado art. 6 del RGPD.

Asimismo, según la AEPD, la abogada “ha violado el principio de integridad y confidencialidad”, vulnerándose así el art. 5.1 f) del repetido texto legal, “ya que ha difundido por WhatsApp una sentencia en la que es parte la reclamante, realizando de este modo un tratamiento ilícito de datos personales al no contar con legitimación para dicha difusión.”

Desde #equipomentora, te recomendamos toda la precaución en los envíos vía WhatsApp.