«Es importante que los datos puedan compartirse con la protección necesaria, dentro y fuera de la UE»
La Comisión Europea publicó la pasada semana nuevas cláusulas contractuales tipo para el intercambio de datos. El nuevo clausulado facilitará a las empresas el cumplimiento de las leyes de protección de datos, tanto para sus actividades dentro de la UE como para terceros países.
Para su elaboración se han tenido en cuenta:
– el dictamen del Consejo Europeo de Protección de Datos y del Supervisor Europeo de Protección de Datos
– las reacciones de las partes interesadas durante una amplia consulta pública
– la opinión de los Estados Miembros.
Además son cláusulas que van en línea con el RGPD y tienen en cuenta una sentencia reciente del Tribunal de Justicia, que dictaminó que los flujos internacionales de datos pueden seguir basándose en las cláusulas contractuales tipo de la UE.
Concretamente se han aprobado dos conjuntos de cláusulas:
- Unas, para su uso entre responsables y encargados del tratamiento
- y otras para la transferencia de datos personales a países extracomunitarios. Son cláusulas «reforzadas» que vienen a dotar a las empresas de «más seguridad y certeza jurídica» para la transferencia de datos.
La Comisión Europea ha indicado en un comunicado que “estas cláusulas ofrecen una mayor previsibilidad jurídica a las empresas europeas y ayudarán a las pymes a cumplir con los requisitos de las transferencias de datos de manera segura, al tiempo que permiten que los datos circulen libremente a través de las fronteras, sin barreras legales».
Te facilitamos aquí el enlace las cláusulas en español https://bit.ly/3cv79UW
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