Sanción a dos clubes deportivos por publicar imágenes de menores

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La AEPD, www.aepd.es ha sancionado a dos entidades deportivas:

  • Club de gimnasia rítmica, con una multa de 5.000 euros
  • Escuela de esquí, con una multa de 10.000 euros.

Se difundieron en sus RRSS imágenes de los menores practicando deporte, sin recabar el consentimiento de los padres.

En cuanto al club de gimnasia rítmica, la resolución recuerda que para que un tratamiento de datos personales sea lícito, el RGPD requiere, que el interesado haya dado su consentimiento o que este sea necesario para la ejecución de un contrato.

Tras la instrucción, la AEPD concluye que el club difundió las imágenes en la red social «sin que tuviese ninguna legitimación para ello», pues no acreditó durante el procedimiento contar con ella.

El caso de la escuela de esquí contaban con el consentimiento del padre (, pero la autorización no cumplía de forma adecuada los requisitos que exige la legislación de protección de datos.

Para apuntarlos en la escuela de esquí, los padres debían aceptar una cláusula que decía:

«Con el envío de la presente inscripción el remitente autoriza la utilización por el club de las fotografías en las que él y sus hijos menores o mayores de edad intervengan en la actividad deportiva que es el objeto del club o en actividades que tengan su causa, directa o indirecta, en aquella actividad, pudiendo el Club utilizar dichas fotografías y la imagen que en las mismas se plasme en cualquier medio reproductor de la imagen«.

En el club de esquí, la casilla de aceptación de los términos y condiciones de privacidad aparecía premarcada, siendo obligatoria una respuesta afirmativa al tratamiento de datos para poder continuar con la tramitación.

El RGPD que exige que el consentimiento sea una «manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen«.

Por lo tanto, el silencio, las casillas ya marcadas o la inacción,  no constituyen un consentimiento válido e informado.

Ojo con las casillas premarcadas!!!!!!!