El documento de confidencialidad

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Se trata de uno de los documentos manejados por cualquier entidad que quiera cumplir con la LOPDGDD y con el RGPD según nos recomienda la www.aepd.es.

¿En qué consiste?

Es un acuerdo entre dos o más partes mediante el cual se determina qué información confidencial es susceptible de ser compartida y/o empleada para un determinado propósito entre las partes contratantes. Tiene consideración de contrato legal.

Los documentos de confidencialidad pueden ser unilaterales, solo una de las partes revela información, o bilaterales. La mayoría suelen ser bilaterales, pues ambas partes tienen obligaciones recíprocas y se protege de esta manera el intercambio de información en ambos sentidos.

Son también un instrumento útil en la protección de secretos industriales. Nos permite restringir la circulación de la información susceptible de perjudicar la futura invención.

La finalidad del documento de confidencialidad es prohibir a la parte receptora de la información la revelación a terceros de datos clasificados como confidenciales. Limitar su utilización a la finalidad pactada en el acuerdo. Y establecer la duración de esas limitaciones a tiempos suficientemente prudenciales.

Un documento de confidencialidad, debe especificar:

  • Las partes que intervienen .
  • El servicio o finalidad al que va asociada su aplicación.
  • Cuál es la información que se considera protegida o confidencial por el acuerdo y cuál no (listas de clientes, proveedores, cifras financieras, etc.).
  • Mediante qué medios se facilita la información y por cuáles puede ser accesible.
  • Duración del acuerdo.
  • Medidas de seguridad destinadas a proteger la información mencionada, que serán adoptadas durante y después del servicio.
  • Restricciones que se aplicarán al receptor de la información o proveedor del servicio en cuanto a su utilización (uso de la información facilitada para fines concretos definidos, permiso de divulgación a otras personas para la realización del servicio, obligación de garantizar la confidencialidad de la información divulgada a personas afines al receptor, etc.).
  • Cuál es el compromiso o responsabilidad de ambas partes (bilateral) en el acuerdo en caso de incumplimiento.
  • Excepciones de la obligación, cuando la información no se considera confidencial o es obtenida por ambas partes, fruto del servicio, y podría ser de dominio público.
  • Legislación que se aplica al acuerdo.
  • Jurisdicción a la que quedan sometidas las partes.

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