La clínica en cuestión, pidió a un cliente la fotocopia del DNI como condición imprescindible para devolverle la cantidad de más que dicho cliente había pagado por un tratamiento.
- La AEPD considera que es un incorrecto y excesivo uso de los datos personales
- No se pueden exigir ciertas condiciones para que el cliente reciba devoluciones
Además, se suma el hecho de que la empresa ya disponía de los bancos bancarios del cliente, por lo que no los necesitaba para hacer la transferencia del dinero que le debía.
Indica la AEPD: «La recogida de la fotocopia del documento de identidad del cliente, dispuesta con carácter general por la parte reclamada, con toda la información contenida en ese documento, se entiende como un tratamiento de datos personales inadecuados, no pertinentes y no necesarios para el fin específico del tratamiento«.
Asi que, recuerda, una práctica bastante habitual, puede resultar muy muy cara.