Prórroga de medidas excepcionales en materia de formación

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En virtud de la Resolución de 9 de diciembre de 2021 del SEPE, se prorrogan para el año 2022 las medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron durante el 2021, sobre los plazos de comunicación y gestión de formación presencial mediante aula virtual:

👉 Plazos de comunicación

Las comunicaciones de inicio de la formación podrán realizarse hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo.

La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo, con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo.

👉 Formación presencial mediante aula virtual 

La impartición se ha de estructurar y organizar de forma que se garantice en todo momento que exista conectividad sincronizada entre las personas formadoras y el alumnado participante así como bidireccionalidad en las comunicaciones. 

 Deberá contar con un registro de conexiones.

 Contar con un mecanismo que posibilite la conexión durante el tiempo de celebración del aula por parte de los órganos de control.

Con cualquier consulta, no dudes en acudir a #EQUIPOMENTORA.